Calendario fiscal del autónomo 2026: todas las fechas clave

Si hay un artículo que deberías tener siempre a mano como autónomo, es este. Entre el IVA, el IRPF, los resúmenes anuales y la Declaración de la Renta, Hacienda marca el ritmo de tu año con una serie de fechas que no puedes permitirte olvidar. Te dejamos el calendario completo de 2026, verificado con el calendario del contribuyente de la AEAT.

Los modelos que más autónomos presentan

Antes del calendario, un repaso rápido de qué es cada modelo, para que sepas cuáles te aplican a ti:

  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF (si tributas en estimación directa).
  • Modelo 131: pago fraccionado del IRPF (si tributas en estimación objetiva o módulos).
  • Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta si tienes empleados o contratas a otros profesionales.
  • Modelo 115: retenciones si alquilas un local para tu actividad.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, si facturas a clientes o proveedores de la Unión Europea.
  • Modelo 390: resumen anual del IVA.
  • Modelo 190: resumen anual de las retenciones del modelo 111.
  • Modelo 180: resumen anual de las retenciones del modelo 115.
  • Modelo 347: declaración de operaciones con terceros superiores a 3.005,06€ en el año.
  • Modelo 100: la Declaración de la Renta.

No todos los autónomos presentan todos estos modelos: depende de tu actividad, tu régimen fiscal y si tienes empleados, alquileres o clientes en la UE. Si tienes dudas sobre cuáles te corresponden, consúltalo con tu gestoría.

Calendario trimestral 2026

Esta es la parte que más se repite a lo largo del año. Los modelos trimestrales (303, 130/131, 111, 115 y, en su caso, 349) siguen este patrón:

TrimestrePlazo de presentaciónDomiciliación bancaria hasta
1T 20261 al 20 de abril de 202615 de abril
2T 20261 al 20 de julio de 202615 de julio
3T 20261 al 20 de octubre de 202615 de octubre
4T 20261 al 30 de enero de 2027 (solo 303, 130, 131 y 349)27 de enero de 2027

Importante: el plazo ampliado hasta el día 30 del cuarto trimestre solo aplica a los modelos 303, 130, 131 y 349. Los modelos 111 y 115 correspondientes al cuarto trimestre se presentan en el plazo general del 1 al 20 de enero, sin esa ampliación.

Si el día 20 (o el día límite que corresponda) cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se prorroga automáticamente hasta el siguiente día hábil.

Calendario de resúmenes anuales (enero-febrero)

Enero es, con diferencia, el mes con más obligaciones fiscales del año para un autónomo, porque coincide el cuarto trimestre con varios resúmenes anuales:

  • Modelo 390 (resumen anual de IVA): 1 al 30 de enero de 2027, junto con el IVA del 4T.
  • Modelo 190 (resumen anual de retenciones del 111): 1 al 31 de enero de 2027.
  • Modelo 180 (resumen anual de retenciones de alquileres del 115): 1 al 31 de enero de 2027.
  • Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06€): finales de febrero (con carácter general, hasta el último día del mes).

La Declaración de la Renta (modelo 100)

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 se desarrolla, con carácter general, entre principios de abril y el 30 de junio de 2026, con el cierre de la domiciliación bancaria unos días antes del final de la campaña (habitualmente a finales de junio). Si eres autónomo, tu actividad económica se integra en esta declaración junto con el resto de tus rentas, y debes presentarla con independencia de que ya hayas ido haciendo los pagos fraccionados trimestrales del modelo 130 o 131 durante el año.

Si tienes una sociedad: el Impuesto sobre Sociedades

Si eres autónomo societario y tu actividad se ejerce a través de una sociedad, además de tus obligaciones personales como administrador o socio trabajador, la sociedad tiene sus propias fechas:

  • Modelo 202 (pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, si procede): abril, octubre y diciembre.
  • Modelo 200 (declaración anual del Impuesto sobre Sociedades): en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio (para ejercicios que coinciden con el año natural, esto se traduce en el mes de julio).

Particularidad de Canarias

Si tu actividad se desarrolla en Canarias, en lugar del modelo 303 de IVA presentas el modelo 420 del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), con plazos trimestrales similares a los del IVA peninsular, y el modelo 425 como resumen anual, equivalente al modelo 390. Los modelos de IRPF (130, 131, 100) se presentan igual que en el resto del territorio nacional, ante la AEAT.

Resumen mes a mes

MesQué se presenta
Enero4T del año anterior (303, 130/131, 349), resúmenes anuales (390, 190, 180)
FebreroModelo 347 (operaciones con terceros)
Abril1T del año en curso (303, 130/131, 111, 115), inicio de la campaña de la Renta
MayoModelo 349 mensual/trimestral si procede
JunioCierre de la campaña de la Renta (30 de junio)
Julio2T del año en curso (303, 130/131, 111, 115), Impuesto sobre Sociedades si procede
Octubre3T del año en curso (303, 130/131, 111, 115)
DiciembrePago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades si procede

Cómo evitar despistarte con tantas fechas

  • Domicilia el pago siempre que puedas. Además de evitarte el riesgo de olvidos, la domiciliación te da unos días extra de margen respecto al plazo de presentación general (normalmente hasta 5 días antes del vencimiento).
  • Añade recordatorios con antelación, no en la fecha límite: prepara la documentación con al menos una semana de margen, especialmente si dependes de que tu gestoría te pida información.
  • Revisa el calendario del contribuyente de la AEAT cada año, ya que algunas fechas concretas (como el cierre exacto de la domiciliación) pueden variar ligeramente según en qué día caigan los fines de semana y festivos de cada ejercicio.
  • No confundas el plazo de presentación con el plazo de pago si domicilias: aunque presentes el modelo el último día, si has marcado domiciliación bancaria, esta se habrá cerrado ya unos días antes, por lo que Hacienda no podría cargarte el importe en cuenta.

Qué pasa si te saltas una fecha

Presentar un modelo fuera de plazo conlleva recargos que aumentan cuanto más tiempo tardes en regularizar la situación, además de intereses de demora en algunos casos. Si detectas que se te ha pasado un plazo, lo más recomendable es presentar el modelo cuanto antes por iniciativa propia (presentación extemporánea voluntaria), ya que los recargos suelen ser más favorables que si es la propia Agencia Tributaria quien detecta primero la falta de presentación.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el modelo 303 aunque no haya facturado nada ese trimestre? Sí. Mientras estés de alta, la presentación de las declaraciones trimestrales es obligatoria aunque el resultado sea cero, salvo que estés de baja durante todo el trimestre.

¿Qué pasa si un plazo cae en fin de semana o festivo? Se traslada automáticamente al siguiente día hábil.

¿Necesito presentar el modelo 349 todos los trimestres? Solo si realizas operaciones intracomunitarias. Además, dependiendo del volumen de esas operaciones, la periodicidad puede ser trimestral o incluso mensual en determinados casos.

¿Dónde consulto el calendario oficial actualizado cada año? En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del «Calendario del contribuyente», que se publica y actualiza cada ejercicio con las fechas exactas y cualquier ajuste por festivos.


Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado. Las fechas pueden sufrir pequeños ajustes por publicaciones posteriores de la Agencia Tributaria; te recomendamos verificarlas cada año en el calendario oficial de la AEAT o con tu gestoría.

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